ASESORÍA LABORAL -->CASTILLA Y LEÓN » CUESTIONES GENERALES » FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
Comencé a trabajar en una residencia privada en Septiembre del 2004.Tengo contrato indefinido.Desde Septiembre del 2007 hasta Enero del 2008 estuve de baja maternal,tras la cual,solicité 1 año de excedencia,que finaliza en Febrero del 2009.Me han comunicado mis compañeras (no la empresa) que el 30 de Noviembre cierran la residencia o,al menos,la actual empresa ya no se va ha hacer cargo de la gestión de la residencia.¿Tiene la empresa la obligación de comunicarme este suceso? ¿Me corresponde alguna indemnización aunque esté de excedencia?También tenía solicitada a la Junta de Castilla y León la ayuda por excedencia,pero hasta el nuevo año no comunicaban la respuesta,así que no sé si me la conceden o no,pero yo tengo que comunicar cualquier cambio a la Gerencia¿Me pueden denegar la ayuda por no poder acabar el período de excedencia? Muchas gracias.Un saludo.
La excedencia voluntaria supone la suspensión del contrato de trabajo y al respecto, es reiterada la doctrina del Tribunal Supremo, sobre trabajadores en excedencia voluntaria cuyo puesto de trabajo haya desaparecido como consecuencia de un E.R.E. (expediente de regulación de empleo), que no tienen derecho a percibir las indemnizaciones por despido, ya que´son las compensaciones al trabajador por el daño derivado de la périda de su puesto de trabajo, destacando que el daño sólo se produce cuando el trabajador está prestando servicios de manera efectiva y no cuando la ocupación está condicionada a la existencia de vacantes, como es el caso de las excedencias voluntarias.
Última actualización: 2008-11-14 18:57
Autor: Jose Luis Ponte Redondo, Asesor Jurídico del Consejo de Colegios de diplomados en enfermería de Castilla yLeón
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