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TRÁMITE DE NO EJERCIENTE

Se trata de un tipo de baja no definitiva, mediante la cual el interesado mantiene vinculación con el Colegio, exento del pago de cuotas.

“Los colegiados que cesen en el desarrollo de su actividad profesional por jubilación y en mérito a todos los años de pertenencia al Colegio /… podrán, si así lo solicitan, seguir perteneciendo al Colegio con todos los derechos y con la exclusión de su deber de aportar las cuotas ordinarias. La exclusión no alcanzará a las cuotas o aportaciones que pudieran establecerse por el Colegio para la atención a los servicios sociales, tales como viajes, cursos, jornadas, etc., y a los que tendrán que contribuir en las condiciones que el establecimiento del concreto servicio determine. Tendrán derecho a participar en las elecciones a cargos del Colegio, a elegir y ser elegidos, a excepción al cargo de Presidente de conformidad con el art. 7.1 de la Ley 2/1974, /…” (art. 10.k de los Estatutos del Colegio de Enfermería de Ávila).

La situación de no ejerciente podrá ser solicitada por todo aquel colegiado que, figurando en alta en el Colegio, pase a alguna de las siguientes situaciones

  • Jubilación. Podrán solicitar esta modalidad de colegiación, aquellos colegiados que se jubilen completamente del servicio activo, en todos los ámbitos.
  • Incapacidad total. Podrán solicitar este tipo de exención de cuotas los colegiados en alta a quienes se les haya documentado una incapacidad laboral total.

Las solicitudes de trámite de NO ejerciente deberán formularse siempre por escrito, debidamente firmadas, presencialmente en las oficinas del Colegio, a través de correo postal o correo electrónico (en este último caso, con firma escaneada).

También se pueden hacer a través de la web del Colegio Profesional de Enfermería de Ávila desde la Ventanilla Única, Zona Privada.

Documentación necesaria:

  • Jubilación. Solicitud de baja cumplimentada y firmada, deberá aportar justificante de jubilación si no ha llegado a la edad de 65 años.
  • Incapacidad total. Solicitud de baja cumplimentada y firmada, aportará documentación que acredite la incapacidad laboral total.

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